Mendoza estableció un procedimiento provincial para presentar, evaluar, aprobar, registrar y controlar proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico y aplicación productiva vinculados con el cannabis medicinal y el cáñamo industrial. La medida desarrolla el marco regulatorio aprobado por la provincia y ordena una etapa administrativa que todavía estaba pendiente de definición.
La Resolución 428, firmada por el Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial, ya publicada en el Boletín Oficial, aprueba el nuevo procedimiento en los términos de la Ley provincial 9617 y del Decreto 1928/2025.
La norma busca unificar la presentación de los proyectos, sus requisitos documentales, la evaluación técnica, las condiciones de aprobación y los mecanismos de registro y fiscalización. También establece como objetivos la calidad científica, la trazabilidad y bioseguridad de los materiales, el cumplimiento de estándares éticos y el seguimiento por parte del Registro Provincial del Cannabis y Cáñamo Industrial.
El alcance incluye iniciativas sobre usos medicinales, veterinarios, nutricionales, cosméticos e industriales, además de bioinsumos, fibras, materiales de construcción, bioplásticos y otras aplicaciones productivas. Esta etapa continúa el proceso iniciado cuando Mendoza reglamentó su ley de cannabis y cáñamo.
Las universidades públicas y privadas, los organismos estatales de ciencia y tecnología, las instituciones educativas y los laboratorios o centros habilitados pueden desarrollar este tipo de investigaciones. Las personas y empresas también pueden participar, pero deben contar con convenios de colaboración científica con entidades académicas o tecnológicas reconocidas.
Ese requisito limita una posible lectura empresarial de la resolución. La medida no constituye una apertura comercial general ni autoriza por sí sola el cultivo, la producción o la venta de cannabis. Su función es ordenar la evaluación provincial de proyectos dentro del marco mendocino.
Además, las actividades alcanzadas deberán cumplir las autorizaciones nacionales que correspondan. La Ley 27.669 mantiene el marco federal para el desarrollo de la industria del cannabis medicinal y el cáñamo industrial, mientras que la normativa provincial regula competencias y procedimientos dentro del territorio de Mendoza.
La resolución completa una pieza operativa del sistema local, convirtiendo los objetivos generales de la ley en una vía administrativa para presentar y controlar proyectos. Su efecto concreto dependerá ahora de los requisitos incluidos en el anexo, de los criterios que aplique la autoridad provincial y de las iniciativas que lleguen al registro.