En Alicante, la actuación policial sobre un club cannábico vuelve a situar a las asociaciones cannábicas en el territorio incierto que ocupan desde hace años en España. No se trata solo de un local intervenido ni de una investigación concreta, sino de una escena que se repite cada cierto tiempo donde los espacios que se presentan como ámbitos de consumo compartido y una legislación que, al no reconocerlos de forma clara, deja en manos de la interpretación a la policía y el poder judicial.
Según la información publicada por el diario Información, la Policía Nacional detuvo a dos personas e intervino más de ocho kilos de marihuana y 626 gramos de hachís en el establecimiento. Esos datos, todavía sujetos a una investigación y sin que exista una condena, desplazan el caso hacia un terreno distinto al del autoconsumo individual. La cuestión de fondo no reside únicamente en la cantidad incautada, sino en determinar cómo funcionaba el club, quién podía acceder, de qué modo circulaba el cannabis y si la actividad se limitaba a un grupo cerrado o alcanzaba a personas indeterminadas.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido dibujando una frontera estrecha para este tipo de asociaciones. Los supuestos de consumo compartido admitidos por los tribunales suelen exigir grupos reducidos, cerrados, identificables y sin difusión a terceros, mientras que el cultivo o la distribución organizada, cuando adquiere una dimensión estable y abierta, puede ser considerada delito contra la salud pública. Esa distinción, que parece nítida sobre el papel, se vuelve mucho más frágil en la práctica cotidiana de los clubes, donde los estatutos internos y la apariencia asociativa no siempre bastan para despejar las dudas penales.
En esa indefinición se mueve buena parte del debate cannábico español. Para quienes defienden el modelo asociativo, los clubes pueden funcionar como espacios de reducción de riesgos, alejados del mercado clandestino y sometidos a reglas internas más previsibles que las de la calle. Para las fuerzas de seguridad y la fiscalía, en cambio, algunos locales terminan operando como puntos de distribución encubierta. La diferencia, más que en el nombre de la entidad, está en la forma de acceso, en las cantidades disponibles, en la trazabilidad del cannabis y en la ausencia o presencia de una dinámica comercial.
De ahí que la discusión vuelve siempre al mismo punto ya que sin una ley que permita regular el autocultivo de cannabis y los clubs, el modelo asociativo queda atrapado entre la intervención policial y la lectura penal de cada caso. Mientras esa definición no llegue, los clubes seguirán funcionando en una frontera gris, donde el mismo espacio puede ser leído como comunidad de usuarios, como herramienta de reducción de riesgos o como indicio de distribución ilícita.
El episodio de Alicante no resuelve el debate en ningún caso ya que mientras España mantenga el cannabis en una zona de tolerancia privada y persecución selectiva, cada club será juzgado caso por caso, a menudo después de una redada. Por eso, la falta de una regulación en ningún caso elimina el mercado, desplazándolo a la borrosa frontera entre asociación y delito.
Club cannábico de Alicante que fue intervenido por la Policía Nacional.