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Chile debate penas más duras por porte de marihuana

37 diputados chilenos recurrieron al Tribunal Constitucional para intentar frenar una norma que endurece las penas por porte y consumo. Para quienes impugnan la reforma, el cambio podría golpear usuarios y pacientes de cannabis medicinal.

La modificación a la Ley 20.000, tramitada en el congreso chileno, endurece el castigo incluso en casos de pequeñas cantidades cuando la sustancia sea considerada capaz de producir graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud. Así, la discusión jurídica deja de centrarse solo en la cantidad incautada y pasa a apoyarse en una categoría cuya interpretación puede alcanzar no solo a las redes de tráfico, sino también a quienes portan, cultivan o usan cannabis en ámbitos personales o terapéuticos.

Ahí aparece una contradicción que Chile arrastra desde hace años y que esta controversia vuelve a poner en la discusión pública. Para contextualizar, hay que tener en cuenta que la Ley 20.000 distingue entre microtráfico y conductas vinculadas al consumo personal, exclusivo y próximo en el tiempo, aunque esa determinación queda entregada al criterio judicial. Al mismo tiempo, el Decreto 867 mantiene al cannabis dentro de la lista de sustancias capaces de provocar graves efectos tóxicos o daños considerables a la salud, de modo que esa clasificación sigue funcionando como una pieza clave para activar la persecución penal y explica buena parte del debate sobre la marihuana en Chile.

Es importante precisar que, desde 2015, el ordenamiento chileno reconoce usos terapéuticos del cannabis y permite medicamentos derivados de la planta bajo control del Instituto de Salud Pública, aunque esa coexistencia normativa siga dejando expuestos a los usuarios medicinales de Chile. Esa contradicción entre un uso medicinal reconocido y una clasificación que sigue tratando al cannabis como una sustancia de alto daño es, justamente, una de las bases del requerimiento presentado ante el Tribunal Constitucional.

Según informó la prensa local, los diputados que impulsan la acción sostienen que la nueva redacción podría abrir la puerta a allanamientos, persecuciones e investigaciones intrusivas contra pacientes y personas usuarias aun cuando no exista tráfico en sentido estricto. Lo que deberá resolver ahora el Tribunal Constitucional no es solo la admisibilidad del requerimiento, sino también si una norma de este tipo puede avanzar sin reforzar la ambigüedad con la que el Estado chileno viene tratando al cannabis.

El caso vuelve a mostrar, en definitiva, el nudo persistente de la política de drogas en Chile y la imposibilidad de avanzar en un debate real sobre cómo regular el uso adulto de cannabis. Porque mientras el discurso imperante insiste en prometer mano dura, la regulación sigue sin separar con claridad el crimen organizado del uso adulto o terapéutico y cuando esa frontera permanece borrosa, quienes suelen quedar más expuestos no son las redes criminales, sino los  pacientes y los usuarios. 

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