Opio extraído de plantación legal
En el presente caso vamos a analizar un supuesto en el cual varias personas acuden a las plantaciones de Papaver somniferum (opio) que la multinacional farmacéutica Bayer tiene en algún lugar cerca de Albacete, de cuya localización exacta no podemos facilitar datos… La citada multinacional tiene varias plantaciones de opio localizadas en el sur de España, dado que en la península Ibérica, por sus idóneas condiciones climáticas y su terreno, crece una de las variedades de adormidera más ricas en contenido de codeína y morfina de todo el mundo.
Estas personas, una vez habían recogido todo el látex que pudieron durante la noche, y cuando ya se disponían a abandonar la plantación, fueron localizadas por agentes de la Guardia Civil, los cuales, al vestir de verde, se confundían perfectamente entre las plantas. Las dos parejas de amigos tenían en total unos 150 gramos de látex, y fueron detenidos y acusados de ser autores de un delito contra la salud pública en la modalidad de sustancias que causan un grave daño a la salud, enfrentándose a penas de entre tres y nueve años de prisión. Una vez detenidos fueron conducidos al cuartel de la Guardia Civil, lugar en el que se les leyeron sus derechos. Se les designó un abogado del turno de oficio que les asistió en la detención, pero se negaron a declarar ante la Policía haciendo uso de su derecho a declarar ante el juez. Esta opción es la más aconsejable, pues, antes de declarar ante el juez, tenemos derecho a entrevistarnos en privado con el abogado para preparar la posterior declaración ante el juez, siendo muy importante enfocar bien el asunto desde el primer momento para de este modo optimizar las posibilidades de éxito de la línea de defensa que se decida.
En su declaración ante el juez, los cuatro detenidos manifestaron que el opio era para su consumo personal y que lo utilizaban tanto con fines lúdicos como medicinales, consumiendo tal sustancia tanto fumada como por vía oral. Las chicas puntualizaron que además utilizaban el opio para paliar los dolores del ciclo menstrual. Otro elemento importante de su declaración fue que manifestaron que dicha sustancia no puede encontrarse en el mercado negro, hecho que había motivado su desplazamiento desde Barcelona hasta Albacete y que justificaba el acopio de una cantidad tan importante como la que les fue intervenida. Si no se conoce mercado, en principio, no existen indicios claros que hagan pensar que la sustancia vaya a ser destinada para su tráfico a terceros, sino más bien que esa sustancia es para el consumo propio.
Una vez analizada la sustancia por el laboratorio oficial del departamento de Sanidad correspondiente resultó que el látex tenía una concentración de morfina del 20,4% y de codeína del 4%, con lo cual, la cantidad total resultante de morfina era cercana a los treinta gramos, cantidad ésta que, todo y ser dividida entre cuatro, al ser cuatro las personas detenidas, excedía de la cantidad considerada apta para el consumo propio, individual, pues les correspondían aproximadamente unos 7 gramos de morfina a cada uno.
Sin embargo, todo y exceder de la cantidad para consumo propio, el caso fue sobreseído durante la instrucción por considerar el Juez que al no saber de un mercado clandestino para el opio, al no existir datos del valor del opio en el mercado negro, al no haberse intervenido a los acusados ningún tipo de material utilizable para extraer la morfina y la codeína, que sólo pueden obtenerse por procesos químicos muy complejos; y que, por ello, a los acusados, sin tener conocimientos en la materia y carecer de los útiles necesarios, no les sería posible obtener derivados opiáceos; y entendiendo que el desplazamiento justificaba un acopio mayor, no existían indicios de delito en la conducta realizada por los denunciados.
En supuestos similares, los “cazadores” de opio han sido denunciados por un delito de daños a la propiedad, por los ocasionados a las plantaciones.







